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Participaciones del usuario Jrm10 - Fiscalidad

Jrm10 24/12/12 16:02
Ha respondido al tema ¿Debo declarar transferencias a España?
Hola mosquetero, empezando por el final; lo mejor seria que entraras aqui; - http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio.shtml es la pagina de la Agencia Tributaria Española, ahi te quedaran despejadas todas las dudas. Creo que como caso general en España solo tendrias que declarar los rendimientos que se generen aqui, hay además una serie de desgravaciones y deduciones de las cuales te podrias beneficiar. Ahora bien, en general, si no obtienes mas rendimientos en España, como todos los intereses de depositos, cuentas, accs. obligaciones, bonos, etc. llevan actualmente una retención del 21%, si hicieras la declaración de la renta cada año recuperarias todo lo que te es retenido. Solamente esto, ni un centimo de mas de lo retenido. Ya que eres residente en Austria, donde voy a ir en unos días, me gustaria hacerte este pregunta ¿que pagan ahi por los depositos, pongamos a un año de plazo? Gracias Saludos y Felicias Fiestas. P.D. Espero haberte podido ayudar algo
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Jrm10 12/11/12 15:49
Ha respondido al tema Duda ejemplo práctico impago hipoteca.
Buso te doy una pista de alguna de las clúsulas que suelen incluir las hiptecas; cláusula, impuesta por muchas entidades, que obliga al deudor a pagar un 29% de tipo de interés anual desde el primer día en que desatiende sus obligaciones prestatarias. Si has leido bien el 29% desde el primer día que no hagas frente a algún pago. Seguramente te parecera que es algo usurero o bien te preguntarás el porque de este % y no otro cualquiera, pues es facil porque hay sentencias del Supremo de que si se ponen intereses del 30% o más eso si es usura, si es menos no hay usura. Saludos.
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Jrm10 11/11/12 16:08
Ha respondido al tema Duda ejemplo práctico impago hipoteca.
a) Creo que te harían una devolución de los 8.000€ sobrantes b) Seguirías debiendo al Banco 22.000€ Vamos esto es contestando teóricamente a tus teóricas preguntas. La realidad es otra muy diferente, para ello te aconsejo que le eches un vistazo a una escritura de hipoteca real y luego si te parece bien haces las preguntas, que doy por supuesto que llevaran incorporados otros parámetros muy diferentes. Saludos.
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Jrm10 08/09/12 14:42
Ha respondido al tema Declaración de dinero en bancos extranjeros
La apetura de cuentas en el extranjero tiene que comunicarse en el plazo de un mes desde la fecha de su apertura, o si es por cambio de residencia tambien hay una plazo de un mes desde el tralado a España. Esto se hace mediante el formulario DD1 que hay que solicitar en el BdE (conviene pedir mas ejemplares, ya que tambien hay que comunicar el cierre de las cuentas). En cuanto al tema con Hacienda conviene que te mires el convenio de doble imposición que debe de haber firmado entre España y USA y ahi debe de estar la contestaciín al tema de la fiscalidad. Diria que como norma, casi de manera general, si la cuenta en USA esta abierta como no residente debe de haber alguna comunicación entre ambas haciendas para evitar precisamente la doble imposicion en Usa y en España.Los convenios los encontraras en la Web de; http://www.minhap.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Normativa/CDI/Paginas/cdi.aspx Ten en cuenta tambien lo que comenta Empty que puede que cuando se apruebe podria cambiar algo la situación de funcionamiento actual de todo esto. Espero haberte ayudado algo. Saludos.
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Jrm10 02/09/12 14:31
Ha respondido al tema Fiscalidad, transferencias bancarias por ebay en UE vs Hacienda
Que recuerde solo hay obligacion de declarar las operaciones, con un mismo cliente, cuando superen los 3000€ anuales y tambien a partir de cifra es cuando tienen que comunicar actualmente las entidades financieras las operaciones en efectivo. Mas recientemente (no se si esta en vigor ya) los comerciantes y empresas tienen prohibidas las operaciones en efectivo por importes superiores a 2.500. En el primer caso hay que hacer una declaracion en el modelo 347 se conoce como DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS. Creo que no hay nada mas sobre el tema. Saludos.
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Jrm10 25/08/12 14:19
Ha respondido al tema Traspaso de acciones
Si es normal el Broker de salida las ha valorado a la cotizacion del momento en que ha cancelado el deposito y el de entrada ha hecho lo mismo, pero como no ha sido de manera simultanea ha habido una diferencia entre la cancelacion de un deposito y la creacion del otro. De momento no tienes que hacer nada, si lo tendras que hacer en el momento que realices la venta tienes que tomar el precio de compra original y el de venta y cotizar si has tenido ganancias, si has perdido las puedes compenar con otras ganancias y para esto tienes un plazo de cuatro años, creo. Saludos
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Jrm10 21/07/12 17:18
Ha respondido al tema Fiscalidad en el extranjero (Suiza)
Hola midas, no tengo ninuguna relacion con Suiza, pais que solamente conozco como turista, pero la mayoria de tus preguntas me parecen que te las puede aclarar el convenio sobre doble imposicion que hay firmado entre España y Suiza. Puedes encontrarlo en la Web de Hacienda. Un saludo.
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Jrm10 19/07/12 15:54
Ha respondido al tema Venta (un tanto extraña) de un terreno por la EMV
Por la actual situacion de crisis el Ayto. de Madrid y sus demas ramificaciones deben de estar mirando de donde pueden sacar dinero y han descubierto que tienen terrenos, edificios, etc, que se pueden vender al no serles necesarios para su normal actividad. Hasta ahi, todo puede parecer correcto, pero yo conozco un caso en el Barrio de San Fernando, Hortaleza, donde han vendido un terreno a una constructora para hacer unas viviendas. La construtora valla el solar y pone un cartel anunciando la proxima construcción de vivienas y los vecinos se dan cuenta de que el solar, donde antes habia una escuela publica, no es de propiedad del Ayto. de Madrid, con lo cual resulta que no lo podia vender (la escuela si era de su propiedad, pero el solar esta cedido por el propietario mientras existiera escuela). El final de la historia; el Ayto. ha tenido que indemnizar a la constructora y el solar sigue siendo de su propietario legal. De todo lo anterior creo que tienes que hacer necesariamente consulta al Registro de la Propiedad, para comprobacón de la situacion real del terreno, en caso de duda tendras que consultar con abogado experto en el tema antes de hacer la operacion de compra/venta.
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Jrm10 13/06/12 11:29
Ha respondido al tema Declaración renta 2011 familiar fallecido Mayo 2012
Yo creo que tenéis que hacer la declaración de la renta del año 2011 y estar a lo que resulte. Si sale a pagar no tenéis mas remedio que soltar los euros, pero tambien puede darse el caso de que os salga a devolver ya que las retenciones de la pension estarán calculadas sobre el total anual y realmente solo ha percibido 5/14 del total, por lo que podríais en este caso recuperar lo retenido de más. Esa es la menos es mi opinion, y ahora una consulta propia; en mi familia tambien hemos tenido un fallecimiento durante el pasado año y me han encargado la realización de la correspondiente declaración. Al ver los datos fiscales hacienda figura que ha habido una "transmisión de derechos sobre bienes inmuebles" que se refiere a la vivienda de la que era titular el fallecido y que a esta fecha ha heredado ni esposa y un primo hermano al 50%. Se ha hecho la testamentaria, el reparto y adjudicación de bienes y pagos de todos los impuestos, pero no se ha inscrito la vivienda en el Registro de la propiedad, ya que antes hay que inscribir una transmisión anterior, cosa que no se había hecho en su momento y mi pregunta es si esta "transmisión" hay que figurarla en algún apartado de la delación del IRPF del año 2011. Yo pienso que no, pero no lo tengo claro ( por supuesto mi esposa en su declaración figura esta vivienda, por los días que corresponde, incrementando su renta en la parte que corresponde.) Gracias por vuestras respuestas.
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Jrm10 04/05/12 14:49
Ha respondido al tema Vivienda habitual trasmitida por fallecimiento
Muchas gracias Empty por tu pronta respuesta. En cuanto a adjudicar a mi esposa el 50% de la vivienda siempre lo he tenido claro y en cuanto a los demas comentarios me parecen muy acertados ya que si que veia un problema en la manera de recuperar las retenciones en más efectuadas por los entidades financieras.
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