No tendrias que declarar en el supuesro 2 si no hay saldo al 31/12/19, pero si tendrias que declarar si el saldo medio del 4ª trimestre fuera superior a 50.000€, esto se puede producir si la cuenta que cancelas lo haces muya l final del cuarto trimeste. Cero recordar que este era el modo de declarar, al menos lo era hasta hace un par de años porque fue afectado. Ahora igoro si ha habido alguna variacion, puedes buscar por aqui (puede ser laborioso): https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf
Efectivamente a mi me lo certifico el B.Santander, a pesar de que nunca llegue a trabajar alli. No veo porque no certifican la cotizacion a la Mutualidad Laboral que corresponda, ya que por logica, en su momento, las cotizaciones se hacian a las Mutualidades, ya que la Ag. Tributaria no piden detalle de lo cotizado poque saben que es imposble la obtencion del dato. les vale con que certifiquen que se abonaron todas las cotizaciones.Creo que seria posible el solicitar la reduccion con la documentación que tienes, sabiendo que te van a denegar la reduccion, ya que es lo que hacen sistematicamete desde el 30/06/19 a todo el que lo solicita. Estarias obligado a llegar al Tribunal Ecoomico-Administrativo Regional cubriendo la falta de esa certificacion con que tanto la afiliacion como la cotizacion a la Mutualidad eran obligatorias segun la correspondiente legislación.Yo dispongo de muchas nominas, no de todas, pero la vedad los conceptos de los descuentos normalmente indican muy pobemente a que se refieren ya que son conceptos muy amplios, tal que Seg. Social, Seguros Sociales,...Saludos.
Si, al sector bancario tambien.
Pero ademas es aplicable a TODOS LOS SECTORES, el requisito es tener cotizacions antes de 31/12/1978 a la Seguridad Social de entonces (Las Mutualidades Laborales ..., de cada rama de actividad)
Para Madrigal, no te puedo contestar por privado ya que al intentar hacerlo me da "Error 400" (ignoro el porque) si te parece bien dime en el foro el motivo que te ha dado hacienda para no aceptar la reclamación. Quizás que no habías probado la cotización a la Mutualidad?
Espero tus noticias.
Saludos.
Creo que te han dado alguna respuesta que no se ajusta a la realidad que es la siguiente;
a) punto primero, el computo se hace desde el pimer dia que has empezado a cotizar, sea a la Mutulidad de Banca o cualquier otra Mutualidad, hasta el dia 31 de diciembre de 1978.
b) punto segundo, el computo comienza igual que en el apartado a) y termina el ultimo día que has efectuado cotizaciones.
Saludos.
Hola Catena según las diferentes Leyes del IRPF, en vigor desde el 1 de enero de 1979, para tener derecho a esta reducción es necesario el haber cotizado a la Seguridad Social antes del 31 de diciembre de 1978.
Es el único requisito necesario o sea que sí tienes derecho a beneficiarte de esta reduccion,
Acabo de ver que según «BOE» núm. 242, de 10 de octubre de 1977, páginas 22369 a 22370, en el articulo primero, punto Octavo, es creada la Mutualidad Laboral de Transportes y Comunicaciones, con sede en Madrid, en la que se integrarán la Mutualidad Laboral de Aviación Civil,
Mutualidad Nacional de la Seguridad Social de los Trabajadores Ferroviarios y Mutualidad Laboral de Transportes. O sea que tus cotizaciones efectivamente las ha recibido dicha mutualidad.
La Seguridad Social existente hasta el 31/12/78 era gestionada por las Mutualidades Laborales para el tema de las jubilaciones.
Luego te amplio ya que tengo que salir a realizar una gestion.
Saludos.
Correcto, es asi, si hay discrepancias, creo que siempre, hacen una paralela.
Pero ten en cuenta que si según la Ley de IRPF hay una previsión de una reducción, por el motivo que sea, ajustandose la misma no deberia de haber problema alguno en utilizarla, maxime cuando se supone que ya has solicitado que se te aplique en las declaciones de estos ultimos años. Lo que no seria lógico es que tuvieras que hacer la declaración "normalmente" y luego reclamar año a la devolución de lo pagado de más. ( a lo mejor yo soy algo peleon)
Saludos.