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¿Cuando una persona fallece que pasa con las cuentas bancarias?

 ¿Cuando una persona fallece que pasa con las cuentas bancarias?, es una pregunta que lamentablemente al pasar por dicha situación o por pura curiosidad más de uno se hace y que a continuación les ofrecemos la respuesta.

¿Cuando una persona fallece que pasa con las cuentas bancarias?
¿Cuando una persona fallece que pasa con las cuentas bancarias?


¿Cuando una persona fallece que pasa con las cuentas bancarias?


Cuando fallece el titular una cuenta bancaria, ¿qué pasa con el saldo de la cuenta bancaria de su titular?. Al darse el fallecimiento de un familiar, una vez pasado el duelo, al pasar los días o semanas es cuándo sus posibles herederos suelen tomarse el momento para revisar sus papeles, bienes y, cuenta bancaria así como deudas, de tenerlas.

¿Quién se hace cargo del saldo de las cuentas bancarias?

El saldo de las cuentas bancarias les corresponde y deben hacerse cargo los beneficiarios/herederos de la herencia, son a los que les corresponde el saldo de la cuenta bancaria del tipo que sea, si bien el disponer del dinero va a depender de la cantidad de titulares que figuren.

¿Cómo acceder al saldo de la cuenta bancaria si soy heredero?

En caso que la cuenta solamente tenga un solo titular siendo la persona fallecida, en dicho caso los herederos tendrán derecho sobre el saldo que tenga la cuenta. Para acceder al saldo de la cuenta bancaria tendrán que gozar de la autorización de todos los herederos si los hay.

Importante: De acceder a la herencia, tendrán que acreditar el pago del Impuesto sobre Sucesiones.

¿Qué pasa si la cuenta es conjunta y uno de los titulares fallece?

Si la cuenta fuera conjunta y uno de los titulares de la misma falleciera. Los otros titulares no podrán acceder al dinero del titular fallecido, solo podrán acceder bajo el permiso  expreso de los herederos del titular de la cuenta fallecido.

Si la cuenta es compartida e indistinta ¿que pasa?

En caso que, la cuenta fuera compartida pero indistinta, el titular o titulares tendrán acceso al dinero tras el fallecimiento de uno de sus titulares. Mientras que, los autorizados ya no tendrán acceso a la cuenta al fallecer el titular.

Pago del Impuesto sobre Sucesiones

Considerando los casos mencionados, los herederos que puedan ejercer el derecho tendrán que acreditar el pago del Impuesto sobre Sucesiones o en todo caso su exención. El banco no podrá impedirles y bloquearles el saldo total de la cuenta, solamente podrá retenerles el monto correspondiente al pago del impuesto.

Acreditación del saldo de la cuenta

El banco deberá autorizar el saldo de la cuenta, para lo que deben acreditar la condición de herederos. Para lo que deberán presentar:

  • La partida de defunción y del Registro de Actos de Última Voluntad
  • Una copia autorizada del último testamento
  • En caso de no haberlo, una copia de la declaración de herederos
  • Además de la documentación demostrativa de la aceptación, partición y adjudicación de la herencia.

¿Qué pasa si no hay herederos?

Para poder acceder al dinero depositado en la cuenta bancaria los herederos podrán reclamarlo, aunque puede que no existan herederos o si los hay no estén enterados y no lo reclamen, y la cuenta quede sin titulares, el saldo de dicha cuenta no quedará a disposición del banco. Ya que el banco en el que esté abierta la cuenta deberá mantener la cuenta por 20 años luego de fallecer el titular de la misma si nadie hereda la cuenta ni el monto de la misma.

Durante 20 años de haber herederos podrán reclamar el dinero de la cuenta, para lo que deberán realizar el trámite correspondiente. Si pasan los 20 años de plazo nadie reclama la cuenta, el dinero pasará al Tesoro Público.

Consultar todas las cuentas abiertas por el titular de la cuenta fallecido

Para elevar el reclamo de la parte de la herencia que les corresponda deben poder conocer todas las cuentas que el titular fallecido tuviera abiertas. Información a la que podrán acceder desde la Agencia Tributaria, en la que podrán revisar los rendimientos financieros que se le hubieran imputado, comunicados del banco o bancos en los que tuviera cuentas abiertas el titular fallecido.

Importante: Los herederos podrán consultar los movimientos realizados antes y luego de su fallecimiento. 

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  1. Nuevo
    #1
    29/08/22 19:44
    Hola quería saber porq un familiar falleció y tiene inversiones en la caja de valores. Nosotros ya hicimos la sucesión de herederos y no sabemos como se hace en este caso. Desde ya muchas gracias

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