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Fondo de desempleo Anses: Requisitos, montos y fechas de cobro

El Fondo de desempleo Anses: Requisitos, montos y fechas de cobro, son aspectos que todo aquel que esté desempleado debe conocer a fin de poder acceder a este beneficio social mientras consiguen un nuevo empleo.

 

Fondo de desempleo Anses: Requisitos, montos y fechas de cobro

 

Fondo de desempleo Anses: Requisitos, montos y fechas de cobro

Anses dispone de poder acceder, tramitar y cobrar el Fondo por Desempleo así podrán
mientras cobrar el beneficio de desempleo de Anses a la vez que los trabajadores desempleados buscan y encuentran un nuevo empleo.

 

¿Quienes tienen derecho a cobrar el Fondo de Desempleo?

Pueden acceder a cobrar el Fondo de Desempleo de Anses, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses): todos los trabajadores en relación de dependencia, los empleados/desempleados que trabajan en blanco y que han sido despedidos, si el empleador ha aportado al Fondo Nacional de Empleo en los últimos 3 años al cese laboral o al despido, con un mínimo de 1 año.

  • A trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.

 

Fondo de desempleo Anses: montos

Las cuotas que se le abonan al beneficiario del Fondo de Desempleo dependerá de la cantidad de años aportados, pueden ser 4, 8 y / o 12 cuotas / El monto y la cantidad de cuotas entre 2 y 12 cuotas, se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años / Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

 

Anses Fondo de Desempleo: requisitos

Para ser beneficiario del Fondo de Desempleo, tienen que cumplir el requisito de:

  • Estar en situación legal de desempleo
  • El haber que se ha contribuido al Fondo Nacional del Empleo durante un periodo mínimo de 6 meses, durante los últimos 3 años previos a finalizar el trabajo en el que fueron despedidos.
  • Haber estado registrado en dicho empleo trabajo, significa que tienen que haber  venido trabajado en blanco.
  • No pueden haberse jubilado o cobrado prestaciones no contributivas, significa no cobrar planes sociales para solicitar el seguro de desempleo.
  • Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

 

Anses Fondo de Desempleo: Trámite

El trámite es presencial con turno. Si hubo un cruce de telegramas con el empleador, deberán realizar un trámite previo.

 

Situación Legal de Desempleo

Los supuestos que la ley reconoce como Situación Legal de Desempleo, si su situación no es la de los siguientes casos aún cuando estén desempleados, no podrán cobrar el fondo de desempleo. Se considerará como desempleados para cobrar el fondo de desempleo, pudiendo ser alguna de las siguientes causas para finalizar la relación laboral:

  • Despido injustificado.
  • Despido indirecto, es decir, que el trabajador se considera despedido.
  • Quiebra o insolvencia del empleador.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario, cuando estas situaciones conducen al fin de la relación.
  • Despido por causa de fuerza mayor, la falta o disminución de trabajo no imputable al empleador.
  • Extinción colectiva de contratos de trabajo por motivos económicos o tecnológicos.
  • Vencimiento del plazo del contrato (contrato de duración determinada), ejecución de obra, obra o servicio en el contrato (contratos temporales).
  • No volver o una interrumpir la temporada, por causas ajenas al trabajador (contrato por temporada)

 

Documentación a presentar

  • DNI (original y copia)
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
    • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.
    • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
    • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
    • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
    • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
    • El trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.
    • El trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.

 

Anses Fondo de Desempleo: Fechas de cobro

Deben revisar todos los meses el recibo de cobro. El Ministerio de Trabajo puede citarlos. Si no se presentan, les podrá suspender la prestación por desempleo.

Si encuentran empleo nuevamente, deberán suspender el cobro antes de los 5 días de iniciado el nuevo trabajo. El trámite es sin turno en una oficina de ANSES.

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  1. Nuevo
    #1
    24/04/20 13:08
    Buenos días espero encontrar ayuda