Si el aeropuerto de Zurich es tan buen negocio (cosa que no dudo) ¿porqué su acción se lleva devaluando sistemáticamente desde 2017? tal y como se muestra en tu video.
Gracias
T.
Alquilar piso tan vacio suena a Paises Bajos, pero no sé cómo están los precios de compra por alli. Por otra parte hay que saber qué niveles de okupación hay, y qué tipo de legislación te protege contra ellos (como muy poco), escribir contratos ajustados a la legislación del pais en cuestión, etc. No es imposible, por supuesto, pero no es tan asequible como hacerlo en el mismo pais en que te mueves diariamente.T.
Supongo que depende de muchos factores, en general no, pero si pesa sobre una propiedad de tu pareja que esté en una futura masa hereditaria, si quieres heredar la propiedad, heredarás con probabilidad la deuda.T.
Yo creo que el problema es que contestarse estadísticamente a esa pregunta es una soberana estupidez (a ver si Rankia y Pablo Mármol no me censuran el comentario). La gente no suele morir por la contanimación, per se, sino que simplemente su esperanza de vida se ve reducida por exposición a la misma (y a otras muchas cosas, entre ellas el mismo oxígeno que respiramos). Tendría algo más de sentido, por tanto, preguntarse estadísticamnte por la reducción media de esta esperanza de vida por motivos de polución. Ahora bien, a ver qué estandar usamos como "contaminación cero", porque con contaminación cero no hay probablemente calefacción en invierno ni antibióticos... asi que el equilibrio es bastante arbitrario salvo que se pueda optimizar la función esperanza de vida para encontrar el perfecto consenso entre desarrollo y longevidad.
T.
Revisa el texto que hay algunos errores más o menos afortunados:
- y los números 3 y 3 representan resultados intermedios (asumo que es 2 y 3)
- Grazón
Creo que había alguno más pero ya no recuerdo cuales eran, eran menores.
Una precisión y una pregunta:
- De donde sacas esta afirmación? "el sueldo de diputado que, por cierto, es mayor que el de presidente del Gobierno"
- El último escenario es bastante poco factible (aunque se hable de él, como de la abstención del PP). En ese nivel de factibilidad hay muchísimos otros escenarios posibles que no exploras... lo cual le da un cierto sesgo personal a tu artículo que dista mucho de un analisis de teoría de juegos. Además parte de una presuposición de difícil cumplimiento, que el PSOE tras fracasar en una ruidosa y calamitosa investidura repita éxito electoral... yo no lo veo. En caso de elecciones yo veo un gobierno del famoso "trifachito".
T.
Bueno, muy bonito el texto de autoayuda. Por otra parte tan irrelevante y falso como casi todos los textos de autoayuda. En particular esta frase "todo en nuestra vida lo malogran las prisas", digna de una sobresimplificación propia de gobierno populista. El mundo y la sociedad son dos entidades complejas que dificilmente se ajustan a ninguna frase que empiece por "todo en nuestra vida.." seguido de una solución o un problema universal.
La correlación entre la paciencia como virtud y una inversión en valor es legítima y puede dar para un post interesante, pero cuando se ciñe a esta actividad y se aporta algo que respalde la hipótesis.
T.
ir al comentario
Tarfearauko31/07/19 00:26
Ha recomendado Yo creo que es muy sano acostumbrarse a ser feliz sin tener la necesidad de de
Salva Marqués
Se agradecería una relectura por parte del autor para pulir un poco el texto. Hay un montón de frases mal construidas que dificultan la lectura, una pena porque, en general, los posts que redacta son muy interesantes. Unas comas en los lugares adecuados obran también milagros.
T.
Al margen de envainármela y pagar, ¿es posible (no sé si sensato claro, porque el moroso es un moroso profesional) perseguir al propietario anterior y reclamar esto como una deuda? mediante un monitorio o algo similar? al menos por si salta la liebre y el "ciudadano" este acaba poniendo algo a su nombre...o hereda... o vete tú a saber...
T.
Vaya!!! pues me había hecho una idea equivocada tras leer tu artículo. También es cierto que, como dije antes, mi conocimiento en el mundo del derecho es cero patatero, y gracias a dios no me he visto envuelto en muchos "fregaos" con la administración en los años de existencia que llevo. Espero que siga siendo así.
Muchas gracias, Tristán, habrá que tragar bilis y aflojar la cartera entonces.
T.
Le estoy dando vueltas al escrito del "bienamado" recaudador y acabo de alucinar un poco. Para tumbarme la alegación de la hipoteca legal tácita me cita el 64 de la LRHL "los bienes inmuebles objeto de dichos derechos quedarán afectos al pago de la totalidad de la cuota tributaria” y me suelta que eso significa que tengo que pagar todas las cuotas no prescritas, da igual la antigüedad. Pero claro, no me cita la frase completa del artículo, que dice "los bienes inmuebles objeto de dichos derechos quedarán afectos al pago de la totalidad de la cuota tributaria, en régimen de responsabilidad subsidiaria, en los términos previstos en la Ley General Tributaria." Yo entiendo que esto significa que el 64 se subordina a la LGA, que es la que determina la hipoteca legal tácita, y, por tanto, sólo me corresponden dos años de responsabilidad, pero el recaudador se lo está saltando a la torera. ¿Habría via de escape por aquí en un recurso potestativo para, al menos, pagar solo una cuota o mi ignorancia en derecho está haciendo que proponga una barbaridad?
Muchas gracias por cualquier posible apunte!!!
T.
Bueno, tengo respuesta de nuestro querido ayuntamiento tras enviar alegaciones argumentadas en torno a la prescripción y la hipoteca legal tácita. Me tumban ambas indicando, para la primera que el plazo de prescripción se interrumpe con las actuaciones que describo más abajo (y de las cuales no me ofrecen prueba, solo la tabla), y para la segunda citando el artículo 64 de la LRHL (pongo abajo también los detalles).
¿Me queda alguna ruta de escape o me toca pasar por caja por culpa del vendedor moroso?
Muchas gracias por anticipado a cualquiera que pueda aportar alguna información al respecto.
T.
HIPOTECA LEGAL TÁCITA:
b) En cuanto a la distinción con la hipoteca legal tácita, regulada en el artículo 78 de la Ley General Tributaria, conviene recordar que las garantías de la deuda tributaria, reguladas en la sección 5a del
capítulo IV de la Ley 58/2003 (artículos 77 a 82), atribuyen a los créditos tributarios la condición de privilegiados y, en determinados casos, la sujeción de un bien o bienes al cumplimiento de la obligación
tributaria, garantías que nacen directamente de la ley, sin necesidad de constitución. No obstante, es preciso distinguir la hipoteca legal tácita, regulada en el artículo 78 LGT (que nace ex lege para los tributos de carácter real que recaen sobre bienes inmuebles y determina la preferencia en el cobro sobre cualquier otro acreedor o adquirente), de la afección de bienes, esta última prevista en el artículo 79 LGT y en el artículo 64 de la LRHL.
Pues bien, tal como previene el citado artículo 64 de la LRHL (“ los bienes inmuebles objeto de dichos derechos quedarán afectos al pago de la totalidad de la cuota tributaria”) de la literalidad del precepto se
desprende claramente que el derecho de afección asegura el cobro no solamente de las dos última anualidades corrientes que garantiza la hipoteca legal tácita, sino de todas las pendientes que no estén
prescritas.
**********************************************************
**********************************************************
TABLA ACTUACIONES:
Todas las decisiones del gobierno tras la cagada del supremo responden a un único objetivo: réditos electorales. No hay más, éste es el gobierno con el grupo parlamentario más débil de la historia reciente y necesitan votos, de modo que buena parte de sus políticas son obscenamente electoralistas, si no te gustan las teorias conspiranoicas no veo por qué buscar otros motivos, esos son más que suficientes.
T.
Si, todo ha sido orquestado por podemos, la PAH y los independistas que han logrado un hito histórico e inédito, que el supremo hiciese el ridículo dos veces en sólo 15 dias girando 180º el sentido de su jurisprudencia en cada una de las dos ocasiones. Habría que ver si Diez-Picazo ha sido fichado por la CUP.
Me parece honestamente mucho más razonable la exposición de Tristán, sin buscarle tres pies al gato. El legislador ha hecho un papel lamentable redactando la ley y el reglamento y le ha dejado un regalo envenenado al Supremo que lo ha gestionado del modo más incompetente posible.
Ahora bien, si tú crees en las conspiraciones paranoicas del estilo Orquesta Mondragón... pues tú mismo, pero, siduiendo a Ockham, creo que no hace falta complicarse tanto la vida para dar explicación a lo ocurrido.
T.
Es decisión del comprador subrogarse o no... yo pocas veces he visto pisos con condiciones de hipoteca mejores que las que me ofrecían a mi, de modo que la opción de subrogación no ha sido ventajosa en bastantes viviendas sobre las que he negociado. Como vendedor asumir que vas a subrogar es jugar al cuento de la lechera, como te han dicho necesitas un comprador que pague lo suficiente como para liberarte de la deuda y buscar otra alternativa como hogar. Con los elevados impuestos que tenemos vas a palmar una pasta si o si. Siento la mala suerte que has tenido con tus vecinos.
Suerte
T.