Totalmente de acuerdo. Pero el asunto es que decir "comprar una sociedad" no es decir nada concreto, dado que hay varias posibilidades. Y eso que no he mencionado la posibilidad de canje, muy habitual en grandes operaciones. O la compra del negocio sin comprar la sociedad.
Más cosas pendientes de explicación por el inepto Mazón: El 'fundido a negro' de una hora del Centro de Emergencias el día de la DANA que Mazón tampoco puede explicar https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/paso-negro-hora-centro-emergencias-dia-dana-mazon-explicar_1_11840467.html
El problema de cierto forero es que va soltando "globos sonda" de asuntos que ignora. Lo mismo le da que sean las socimis, que esas "compras de sociedades". Porque esas compras, ¿qué son?, ¿se trata de comprar el 100x100 de las acciones o solamente más del 50%?, ¿con ulterior absorción o no?O sea, hablar por no callar.
Yo creo que no os tiene que pedir nada. Tiene que hacer su trabajo y teneros informados de su evolución. Si han pasado tres meses y no tenéis información, mejor es prescindir de sus servicios y hacerlo todo vosotros, será más barato y sin disgustos.
Algunos no entienden nada. No saben lo que es un mediador. Con esa mentalidad, no existiría ni la ONU, ni Cruz Roja.Es normal que acaben pegándose la bofetada en Europa y haciendo el ridículo total.
Bueno ya sabemos que alguno no se aclara con la fiscalidad del I. de Sociedades. En vez de insistir con lo que se ignora, qué tal centrarse en el precio de la vivienda.
Claro que pasa, cuando se tienen recursos humanos limitados, aumentar la carga implica más demoras, entre otros problemas. El dinero no lo resuelve todo. Si no hay personal sanitario suficiente, el dinero no suple esa carencia.
Los profesionales del ramo son las inmobiliarias. Si recurres a alguna de ellas, asegúrate de que sea de fiar, porque si te equivocas te puede salir muy caro.Aparte de lo indicado, hay que tener en cuenta la fiscalidad: plusvalía municipal e IRPF si hay ganancia patrimonial.
1.- Firmar contrato de arras y pago de las arras. No es necesario profesional, aunque si no sabes nada podría ser recomendable. Puedes buscar modelos de contrato en google.2.- Firma de escrituras en el plazo señalado en el contrato de arras. Obviamente es necesario hacerlo en una notaría. La costumbre es que los gastos notariales sean a cargo del comprador (importante que así se diga en el contrato de arras), por lo que la notaría la elegirá él.