Hola,
El hecho de que no esté incluida en la oferta vinculante podría facilitar las cosas, pero en las hipotecas lo establecido en la escritura prevalece sobre la oferta vinculante. Además, de las muchas reclamaciones que se realizan contra las cláusulas suelo, pocas logran su objetivo.
De todas formas, nunca está de más intentarlo, el "no" ya lo tenemos.
Con lo del tipo de interés entiendo que ocurrirá lo mismo, prevalecerán las condiciones de la escritura y por ello te cobran el interés del Euribor + 0,50. La oferta vinculante sirve como resumen de las condiciones antes de firmar definitivamente la hipoteca y éstas pueden ser modificadas, pero el hipotecado debería estar al corriente de dichos cambios o al menos el notario que firmó ambos documentos debería haberlo advertido.
Un saludo.
En Internet también he visto las oferta de la hipoteca fácil BBVA por 0,5, pero estaban algo desactualizadas.
Actualmente es complicado contratar por diferenciales por debajo del 2%, incluso las bonificadas están por encima del 1,5%. Ese 1% esta muy bien, pero desde luego si en las escrituras se establece que es otra cifra, podrías reclamar.
Desconozco cuales son los diferenciales aplicados actualmente por BBVA pero es muy probable que estén por encima de esos porcentajes.
Un saludo.
llegado su vencimeinto se entenderá tácitamente renovado por igual periodo de tiempo al inicial.
Por esta frase entiendo que tenían capacidad para renovar el depósito.
en caso de prorroga el banco notificará al titular el tipo de interes aplicable o cualquier modificación de las condiciones del depósito mediante comunicación individualizada con antelación suficiente a la fecha de su aplicación , pudiendo el titular optar por la cancelación del deposito sin penalización alguna de no estra conforme con los mismos.
Por otra parte, no es menos cierto que no te dieron esta posibilidad. El contrato juega a tu favor en este caso, puesto que de haber conocido el interés no habrías hecho efectiva la renovación. ¡Suerte con la reclamación!
Es habitual que los depósitos incluyan la renovación automática y que además, ésta conlleve una reducción significativa de la rentabilidad. Revisa los documentos que firmaste el día de la contratación, puede que se te pasara por alto esta cláusula.
Analiza otras ofertas para intentar compensar la penalización por cancelación con la futura rentabilidad de otro depósito o cuenta. Aunque las rentabilidades hayan bajado mucho últimamente, siguen existiendo buenas ofertas.
Un saludo.
El Consorcio de Compensación de Seguro no actúa como un Fondo de Garantía a modo del que existe para cuentas o depósitos. La garantía ofrecida por esta institución es más bien la de cubrir daños que deberían estar asegurados, por ejemplo, por un Seguro Obligatorio del automóvil.
Fuera de los seguros de automóviles, el Consorcio de Compensación de Seguros también actúa sobre algunos productos como los seguros de ahorro. En caso de quiebra del banco, nuestro dinero no debería verse comprometido puesto que el producto está firmado con la aseguradora.
Si la que quiebra es la aseguradora, el Consorcio de Compensación de Seguros actuaría como liquidadora de la entidad y en función del resultado de esta operación, podremos recuperar todo o parte de nuestro dinero.
Un saludo.
Hola,
Puede que se fijara un tipo de interés fijo del 2,85% para los primeros meses de vida de la hipoteca, revisa las escrituras por si se te pudiera haber escapado esta circunstancia.
Respecto al resto de condiciones, me parecen muy buenas, aunque el diferencial sea del 1%, actualmente no es fácil encontrar hipotecas por debajo del 2%, aunque evidentemente ello nos conllevará una mayor vinculación con el banco. Determinar si es más rentable mantener los seguros dependerá del pago que realicemos por ellos, actualmente el Euribor está muy bajo y aunque se esperen subidas para este año, mantener el diferencial bajo siempre supone una comodidad adicional.
El suelo también me parece muy reducido comparándolo con el resto de hipotecas y en el caso de querer eliminarla, de las causas abiertas para dicho fin no han sido muchas las que ha logrado su objetivo.
Respecto a lo del plan de ahorro, pregunta en el banco o revisa en las escrituras aquellos productos que te permiten obtener una reducción del diferencial, puede que el plan de ahorro también se incluya.
Un saludo.
Actualmente existe mucha confusión alrededor de los gastos que cobran los Registro por gastos de cancelación. Algunos registradores cobran doble, otros lo establecido y otros directamente se lo saltan y cobran lo que les parece.
En Valencia por ejemplo, existen demandas de por medio por las diferencias de precio cobradas. Ve a preguntar al Registro correspondiente pero es probable que te cobren un precio diferente al establecido legalmente.
En cuanto a lo de dejar pasar los 20 años, no lo considero una buena alternativa. Hoy puede que no necesites pedir un préstamos, pero 20 años es un plazo lo suficientemente largo como para que las cosas cambien y si quisiéramos financiar mediante préstamos cualquier compra podríamos tener problemas.
Un saludo.
Hola Isma,
¿Amortizaste en plazo o capital? Si decidiste reducir el plazo, es normal que la cuota se mantenga constante. En el caso de reducir capital, sí deberías haber experimentado una ligera reducción en la cuota.
Respecto a la reducción del subsidio, puede que te hayan aplicado alguna penalización por amortizar anticipadamente. La legislación que rige las hipotecas varía de una Comunidad a otra, revisa la escritura de hipoteca y si tienes alguna duda acude a preguntar a la Consejería de Vivienda correspondiente.
Un saludo.
Hola,
Creo que no es necesario vincular este producto a otra cuenta de BBVA. De todas formas, me parece que (a pesar de la recomendación del BdE) existen otras cuentas de ahorro con rentabilidades muy superiores como por ejemplo, la cuenta naranja que permite obtener un 3,30% TAE durante los 4 primeros meses.
Te recomiendo que leas este: Mejores cuentas ahorro 2013. Quizás te ayude a encontrar una cuenta de ahorro mejor.
Un saludo
Como comenta lus0r, se trata de la cuenta naranja, ofrece un 3,30% TAE durante los 4 primeros meses (depósito) y partir de entonces el TAE será del 1,20%. En mi opinión, uno de los productos a tener en cuenta después de la significativa bajada de tipos de interés que venimos observando en cuentas de ahorro y depósitos.
Saludos.
Hola Forrachin,
El contrato privado es una de las opciones para realizar la compraventa y aunque no sea obligado elevarlo ante notario y registrarlo, siempre es recomendable hacerlo para evitar posibles fraudes o segundas ventas.
Respecto a la subrogación, deberá ser aceptada por el banco ya que es el acreedor y puede que le interese más mantener al antiguo deudor por su situación patrimonial, solvencia... El principal inconveniente de la subrogación es que el comprador deberá aceptar las condiciones pactadas inicialmente.
La plusvalía municipal corre a cargo del vendedor y sobre los gastos de escritura también tengo entendido que es costumbre pactar entre las partes como se distribuirá el gasto aunque por defecto serían a cargo del comprador.
El resto de cuestiones que planteas tengo dudas, a ver si otro usuario puede ayudarnos mejor.
Un saludo.
Hola,
La diferencia entre la cuenta nómina y sin nómina de ING, es que para la segunda no existe el requisito de domiciliar nuestra nómina dado que en vez de ello, deberemos realizar un ingreso mensual de 1.500€ o mantener un saldo mínimo en la cuenta de 2.000€, teniendo en cuenta que los ingresos deberán realizarse desde otra entidad.
otra opción es ING pero solo serian 4 meses al 3.3% y despues baja al y pico no?
La cuenta Naranja permite la contratación del depósito naranja a 3,3% durante los 4 primeros meses y luego el dinero pasaría a la cuenta naranja a un 1,20%.
Respecto a lo de Bankialink, desconozco si permite imposiciones posteriores. Quizás en el banco u otro usuario pueda ayudarte.
Un saludo.
Yo también entiendo eso, tomarán el último valor del índice para el resto de vida de la hipoteca.
De todas formas, sería buena idea ir a preguntar al banco puesto que la CECA también desaparece y existe bastante confusión con las hipotecas que deben realizar cambio.
Un saludo
Si las condiciones de la hipoteca son favorables, la subrogación puede que sea la mejor opción ya que estaremos incurriendo en un importante ahorro en materia de impuestos y gastos de notaría y registro. El principal inconveniente es que no podremos modificar las condiciones de la hipoteca subrogada.
Si a la hipoteca le queda mucha vida por delante y las condiciones no son adecuadas (diferencial, suelo excesivo...) puede resultar mejor contratar una nueva hipoteca para negociar cláusulas más convenientes.
Un saludo.
Hola,
De producirse el impago el banco podrá cargar contra los bienes tanto del titular como del avalista. Si cierras esa cuenta y el impago se mantiene saldarán la deuda por medio de tus otras cuentas.
El avalista es igualmente responsable del pago de la deuda que el titular, con sus bienes tanto presentes como futuros, así que la mejor opción puede que sea continuar pagando las letras hasta que tu hermano se haga cargo de nuevo de la deuda.
Un saludo.
Hola,
Te adjunto lo que se dice en la web del Banco de España: Transcurrido un tiempo sin que usted realice movimientos en la cuenta, algunas entidades la pueden clasificar como “inactiva”, pero sólo a efectos internos, y la entidad podría seguir cobrándole comisiones por el mantenimiento. Sin embargo, se considerará legalmente “abandonada” si usted no ha efectuado ninguna gestión durante 20 años, de manera que su saldo pasaría a ser propiedad del Estado (art.18.1. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas).
Existen ocasiones en las que el banco sigue cobrando algún cheque en la cuenta que hemos olvidado, quedando en descubierto, y así puede cobrar más tarde los intereses generados por la deuda.
Pregunta en el banco por que conceptos se cobran los gastos que te comentan.
Un saludo