Buenos días,
Respecto a mi pregunta anterior sobre la obligación de declarar si has aportado a un plan de pensiones, el apartado 4 del art. 96 de la Ley del IRPF dice así
"Estarán obligados a declarar en todo caso los contribuyentes que tengan derecho a deducción por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente".
En mi opinión entiendo que sí se estaría obligado... agradezco comentarios
Gracias, un saludo