carop8
18/04/15 15:33
Ha respondido al tema Valor real de inmuebles en el extranjero
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OK. Sobre ganancia patrimonial, ISD, etc. En Argentina al igual que en España no se puede vender hasta que se pague el ISD. Si se paga en Argentina y se logra vender el inmueble, ¿se puede pagar el ISD de España con el dinero recibido? Quiero decir: aceptará Hacienda española pedir aplazamiento del pago para pagar con el dinero de la venta? (es que si no no hay forma de pagar ya que no hay más que inmuebles).
Quiero decir, espero que no digan que no se podía vender hasta estar pagado el impuesto de aquí también, o en cuanto vean que ingresa dinero a la cuenta del heredero aquí le hagan un requerimiento al decir que es de herencia y no tener pagado aún el ISD, aunque la idea es pagarlo en cuanto se disponga de dicho ingreso. ¿Se entiende?
Gracias, saludos.