Hola Fabian, sali desde Argentina el 3-12-20 vuelo Ezeiza Madrid y luego tome otro el 4-12-20 Madrid Roma (destino final), por ser ciudadano europeo no me sellaron el pasaporte al ingresar a España, mi consulta es, puedo comenzar a contar el plazo de 180 dias de permanencia en el exterior a los efectos de la perdida de residencia fiscal en Argentina con la fecha que figura en el ticket electronico de la Compañia Aerea que me transporto hasta Madrid o es necesario alguna otra documentacion ?Gracias por tu respuesta!!Saludos.-